Fuente: ethic
Autora: Raquel C. Pico
El envejecimiento de la población y las crecientes necesidades en cuidados harán que las trabajadoras domésticas sean incluso más importantes en el futuro de lo que ya lo son ahora. Además, la Comisión Europea alerta de que su papel es básico para potenciar la igualdad de género en el mercado laboral. Pero, a pesar de ser profesionales clave, sus condiciones de trabajo son especialmente precarias. Para muestra, un botón: España solo les ha reconocido el derecho a paro o a un despido justificado el pasado septiembre.
Hacia mediados de los años 70, una revista francesa publicó una guía que simplificaba a sus lectoras cómo contratar a empleadas del hogar. Lo mejor era fichar a trabajadoras portuguesas, «más duras en el trabajo y, sobre todo, más discretas». Entre líneas se debía leer, como explica el primer capítulo de Moi, la bonne de María Arondo –escrito en aquella época por una de esas migrantes–, que serían «más discretas» que las españolas, «menos combativas» y mucho más dispuestas a aceptar todos los requisitos de sus empleadores. Por aquel entonces, españolas y portuguesas suponían el grueso de las trabajadoras del hogar parisinas, asumiendo jornadas maratonianas –la mitad trabajaba más de 60 horas a la semana, frente al máximo legal de 48 a 54 horas– y, en ocasiones, sin margen para la protesta, puesto que eran ilegales en Francia.
Las cosas no les iban tampoco mucho mejor a estas trabajadoras en España. La profesión arrastra décadas (siglos) de explotación, malas prácticas y escasa cobertura legal. De hecho, no ha sido hasta septiembre de 2022 cuando –vía real decreto ley– se ha garantizado en España el derecho a paro de las empleadas domésticas o a no ser despedidas sin justificación. Incluso ha sido esta norma la que ha obligado a que siempre se firmen contratos –hasta ahora, se aceptaba uno verbal si la ocupación era de tiempo limitado– o la que abra la puerta a considerar enfermedades profesionales dolencias derivadas del esfuerzo físico de las limpiadoras.
Tanto las experiencias históricas de aquellas migrantes como la cercanía temporal de esta normativa básica sirven para entender cómo –a pesar del paso de los años y de los cambios legislativos– los derechos de las empleadas del hogar han avanzado menos –y a nivel global— en comparación con el resto de sectores laborales. Todavía siguen recibiendo salarios muy por debajo de la media y continúan —socialmente infravaloradas— desempeñando una profesión precarizada.
Las mujeres representan el 76,2% del empleo doméstico
En este sentido, la crisis del coronavirus fue especialmente ilustrativa: en un contexto mundial en el que la limpieza fue un elemento clave, el coronavirus arrasó con los puestos de trabajo en este sector. Así lo atestiguan los datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde incluso en los países con mejores cifras (la mayor parte de los europeos, Canadá y Sudáfrica) se perdieron entre el 5 y el 20% de empleos en trabajo doméstico. En el peor caso de todos, el de las dos Américas, la destrucción alcanzó el 50%. Para entender la magnitud de estos datos, la OIT da como referencia la pérdida de empleo media general entre las personas asalariadas: se quedó por debajo del 15% en la mayoría de los países.
«La crisis ha puesto de relieve la necesidad acuciante de formalizar el trabajo doméstico a fin de que quienes se dedican a ello accedan al trabajo decente», insiste, haciendo balance tras el primer año de pandemia, el director general de la OIT, Guy Ryder, reclamando la necesidad de «ampliar y aplicar la legislación laboral y de seguridad social de todas las personas que ejercen el trabajo doméstico».
Siglos de precariedad de las empleadas de hogar
Si bien la incorporación masiva femenina a algunos trabajos –especialmente en entornos white collar– es algo que se ha producido en el último siglo, las mujeres llevan milenios desempeñando otras muchas profesiones no tan reconocidas oficialmente. Una de ellas era –y sigue siendo– el empleo doméstico. Como recuerda el estudio Making decent work a reality for domestic workers, publicado por la OIT en 2021, al menos 75,6 millones de personas realizan este tipo de tareas. Equivalen al 4,5% de todas las personas empleadas en el mundo, aunque esta es una cuenta aproximada dada la elevada informalidad del sector (incluso de esos millones contabilizados, 8 de cada 10 trabajan en negro, el doble de lo que ocurre con los trabajadores en general). El 76,2% de todo este personal son mujeres.
También lo son tres cuartas partes de las personas que desempeñan estas labores en Europa, en España un 87%. Solo en la Unión Europea, el 4% de todas las personas empleadas lo están en el área de los «servicios personales y del hogar», la categoría en la que la UE engloba el trabajo doméstico, como apunta el estudio An analysis of Personal and Household Services to support work life balance for working parents and carers, de la Comisión Europea. La horquilla de trabajo no declarado en Europa se mueve entre el 70% en aquellos países con peores datos –Italia y España– al 15% de los mejores. Pero, incluso donde está declarado, saber qué ocurre y en qué condiciones reales se trabaja es complicado, porque las funciones se desarrollan en la privacidad de una casa, un escenario ajeno a las inspecciones.
Ocho de cada diez personas que trabajan en el sector lo hacen en negro
La precariedad del trabajo doméstico viene marcada por la suma de varios factores. De entrada, es una función altamente feminizada y que muchas veces desempeñan mujeres migrantes recién llegadas, algo que tradicionalmente no ha jugado a favor de la estabilidad y la subida de salarios. Para continuar, esos mismos salarios son un lastre, un «efecto pescadilla que se muerde la cola». Y, finalmente, perjudica que se considere una profesión que requiere pocos conocimientos o habilidades.
A todo ello, y de forma transversal, se suma la poco definida posición legal de la profesión. El Convenio 189, con el que la OIT sentó las bases para promover «el trabajo decente» a nivel mundial en el sector, fue aprobado aún en 2011 y, en el momento en el que se escribe este artículo, solo ha sido ratificado por 35 países, como demuestra el propio listado que la organización mantiene actualizado online. España no es uno de ellos, aunque está a punto de serlo gracias a la ya mencionada aprobación del real decreto ley que crea un nuevo estatus legal para la profesión. Por tanto, y mientras no haya una adopción global de estos estándares mínimos, las condiciones de trabajo de las empleadas del hogar dependen mucho del lugar en el que trabajan.
La OIT considera que las regiones de Asia, Pacífico y países árabes son las que registran mayores vacíos legales. Este dato es importante porque en la zona en la que las condiciones legales están más claras –Europa, aunque pocos países cuentan con leyes específicas para el sector– es una en donde trabaja un porcentaje menor de estas profesionales. A nivel general, en el 13,9% de los países, donde opera el 37,3% de las trabajadoras domésticas, no tienen garantizado el derecho al descanso semanal. Un 64% de todas las trabajadoras domésticas reconoce que trabaja fuera de «horas normales». Un 14% lo hace porque tiene jornadas semanales de más de 60 horas (en comparación, eso solo le ocurre al 8% de la media de todos los trabajadores), lo que implica un ritmo de trabajo agotador; y un 12% porque las tiene de menos de 20 horas (un 4% en la media general), lo que supo- ne una elevada precarización. Un 48,9% de todas estas trabajadoras desempeña sus funciones en países en los que no hay límites legales al tiempo de trabajo.
Paradójicamente, estas malas condiciones conviven con el hecho de que el trabajo doméstico será cada vez más necesario. Así lo indica el informe de la Comisión Europea, que incide en él a la hora de lograr la igualdad de género en el mercado laboral. Además, el envejecimiento de la población y el peso de los cuidados –que en Europa ahora mismo recaen en un 80% en las familias– hace que las profesionales de los cuidados domésticos se vuelvan todavía más determinantes para sobrevivir a los retos del mañana.